Energía Eléctrica

La Cooperativa suministra Energía Eléctrica en forma de corriente alterna con una tensión de servicio de 220 y/o 380 voltios.


Será Accionista del suministro de Energía Eléctrica que presta la Cooperativa, el propietario o adjudicatario del inmueble a la que se conecte el servicio o se destine la energía. Para ello todo usuario, antes de comenzar la ejecución de su instalación, deberá informarse en la oficina administrativa de la Cooperativa acerca de los requisitos a cumplir.


El personal de la Cooperativa no conectará a su red, instalaciones de los usuarios sin Orden de Trabajo emitida por la oficina administrativa, para previa inspección técnica.


Todos los asociados y/o usuarios, que deseen solicitar una conexión del servicio de Energía, corte y/o traslado del servicio a otra propiedad, deberán firmar en la oficina administrativa de la Cooperativa la Orden de Trabajo correspondiente designada para personal técnico, también para el retiro del medidor por mal funcionamiento, y abonar el cargo respectivo.


Requisitos Administrativos para la Conexión del Servicio Eléctrico:


Para la habilitación del suministro el USUARIO deberá:

  1. Abonar la tarifa de acciones para Capital Conexión Monofásica o Trifásica, a dichos importes se le agregará el cobro de las “Tasas de Conexión”, correspondientes
  2. Presentar documentación fehaciente: Escritura, Boleto Compra - Venta o Autorización del Propietario del inmueble al que hace referencia para la conexión del suministro.
  3. En caso de que el USUARIO ya sea accionista, deberá declarar todos los suministros que tenga a su nombre.
  4. No tener deudas pendientes con la COOPERATIVA por suministro de energía eléctrica u otro servicio habilitado.
  5. Cumplir con los requerimientos técnicos que la “Conexión a la red” o el servicio exijan según la normativa vigente de la Cooperativa.


Requisitos Técnicos para la Conexion del Servicio Eléctrico:


Los usuarios están obligados a cumplimentar los siguientes requisitos técnicos:

  1. Tener construido un pilar con empotramiento de caja para el medidor, en los frentes domiciliarios y ubicados sobre la línea municipal.
  2. Colocación del tanque para uso de Agua Tratada.-
  3. El caño a utilizar en el pilar debe ser de doble aislación.
  4. Colocar interruptor termo magnético en la parte posterior del pilar, para la interrupción del suministro en caso de urgencia.
  5. Es obligatorio el disyuntor diferencial por cada suministro.


Ninguna persona ajena a la Cooperativa podrá manipular en líneas y derivaciones de la propiedad de la misma, como tampoco en transformadores, medidores, fusibles o cualquier otro elemento del sistema.


Si al ser inspeccionada la instalación se encuentran desperfectos notorios en la misma, deberán ser subsanadas las deficiencias y dar aviso a la Cooperativa para una nueva verificación y habilitación del servicio de Energía.


Cuando personal técnico de la Cooperativa comprobare la violación o la alteración del normal funcionamiento del medidor con fines dolosos por parte del usuario o conexiones fraudulentas y/o clandestinas, la Cooperativa se reserva el derecho de suspender el servicio de Energía y podrá exigir al usuario responsable, la indemnización de una multa.


Las instalaciones internas deberá realizarla el usuario por su cuenta, es responsable de la ejecución y mantenimiento y de los elementos de protección que exige el Reglamento de la Cooperativa, así como también del uso de materiales de la misma.