Según lo establecido por el artículo 45 del Estatuto, la Administración de la Cooperativa está a cargo de un Consejo de Administración constituido por nueve miembros titulares y tres suplentes. Son elegidos por la Asamblea y duran tres ejercicios en el mandato, debiendo renovarse parcial y anualmente por tercios.
La fiscalización está a cargo de un Síndico Titular y un Síndico Suplente, siendo elegidos también por la Asamblea. Su mandato es de tres años y pueden ser reelectos. Son el nexo por excelencia entre el Consejo y los Asociados.
Después de cada Asamblea Ordinaria, el Consejo de Administración designa entre sus miembros titulares a sus autoridades:
- Presidente: es el representante Legal de la Cooperativa.
- Vicepresidente: reemplaza al Presidente con todos sus deberes y atribuciones en caso de ausencias provisorias o vacancia del cargo.
- Secretario: cita a los miembros del Consejo a las sesiones y a los Asociados a las Asambleas cuando corresponda, redacta las actas y las firma junto al Presidente y refrenda los documentos sociales autorizados por el Presidente.
- Prosecretario: reemplaza al Secretario en ausencia transitoria o vacancia en el cargo y tiene los mismos derechos y deberes.
- Tesorero: firma los documentos, guarda los valores de la Cooperativa y efectúa los pagos.
- Protesorero: reemplaza al Tesorero en ausencia transitoria o vacancia en el cargo y tiene los mismos derechos y deberes.
- Vocales: los demás miembros del Consejo actúan bajo este título, reemplazando en caso de vacancia y de ser necesario a cualquiera de los restantes.